Descripción
La ley Nº 3525, busca regular, promover y fortalecer sosteniblemente el desarrollo de la Producción Agropecuaria y Forestal no Maderable en Bolivia.
Productos o rubros
Se aplica a todas las personas naturales y jurídicas que realicen actividades relacionadas a la producción ecológica como la producción, recolección silvestre, transformación, industralización, comercialización, fabricación de insumos, así como a la certificación requerida de estos procesos.
Elementos claves
Normatividad para la producción ecológica de cultivos, producción animal y aprovechamiento racional de los recursos forestales no maderables, procesamiento, manejo de alimentos, etiquetado y justicia social, serán elaborados de acuerdo a usos, costumbres, cultura y sabiduría local, con equivalencia a las normativas nacionales e internacionales de la producción ecológica:
- La producción ecológica, proveniente de especies domesticadas y silvestres (agrícola, pecuaria, apícola, acuícola, forestal, alimentos y recursos forestales no maderables).
- El procesamiento en las unidades de acondicionamiento, transformación, industrialización, almacenamiento, insumos utilizados y los desechos de este proceso, etiquetado, empaque, comercialización, exportación e importación de productos ecológicos.
- El transporte de productos ecológicos a través de medios apropiados.
- La certificación y reconocimiento de personas naturales y jurídicas, para los aspectos que se relacionan con la inspección, control y certificación de la producción, transformación, industrialización y comercialización de la producción ecológica.
- El uso de la Marca Nacional para productos ecológicos.
- Establecimiento del Sistema Nacional de Control de la producción ecológica.
Área de Aplicación
En el Estado Plurinacional de Bolivia.
Puede descargar la Ley 3525 en Ver Proyecto.
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